Esta decisión se adopta en este momento con el objetivo de garantizar derechos y dar seguridad jurídica a una realidad existente. La regularización reconoce y dignifica a quienes ya viven entre nosotros. Tomamos el camino que nos ha marcado la iniciativa ciudadana (Iniciativa Legislativa Popular) respaldada por más de 700.000 firmas y por una amplísima mayoría del Congreso (310 votos a favor y 33 en contra). La vía reglamentaria es hoy la más rápida, más eficaz y garantista para dar una respuesta inmediata, ordenada y plenamente conforme al marco legal español y europeo.
El Real Decreto fija requisitos
claros para garantizar la seguridad jurídica, siendo el principal acreditar una
permanencia continuada de, como mínimo, cinco meses en el momento de la
solicitud y haber residido en nuestro país antes del 31 de diciembre de 2025.
En el caso de los solicitantes de protección internacional, bastará con que
dicha solicitud se hubiera presentado antes del 31 de diciembre de 2025 y se
pueda acreditar. Otro de los requisitos indispensables es carecer de
antecedentes penales. La medida regulariza una realidad ya existente, con
criterios razonables que aseguran el control del sistema y una integración
efectiva. Se espera que las solicitudes se empiecen a presentar a principios de
abril, una vez cumplidos los trámites preceptivos para aprobar definitivamente
el Real Decreto, y el proceso estará abierto hasta el 30 de junio de 2026.
* Información oficial complementaria:
> Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y Migraciones.
* Información técnica publicada y contrastada:
> Información técnica y contrastada de AMISI.


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